La Corte Constitucional mediante el fallo de Tutela T-254 de 2016, indicó que el teletrabajo se concibe como un instrumento para combatir las barreras de acceso físicas que normalmente tienen estas personas (población en condición de discapacidad), para obtener y mantener un empleo, por lo tanto, la flexibilización de los elementos clásicos del contrato trabajo, como ocurre con la jornada laboral en las instalaciones convencionales destinadas por el empleador, evita que el transporte o la necesaria adecuación del lugar de trabajo se tornen como límites que impidan la realización de sus derechos.
El próximo 31 de agosto de 2016 los empleadores deberán suministrar la segunda dotación del año a los trabajadores que devengan hasta dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes y hayan cumplido más de tres (3) meses a su servicio.
Los desempleados que cumplan con los requisitos establecidos en el Ley 1636 de 2013 y el artículo 77 de la Ley 1753 de 2015, a partir de ahora tendrán derecho a recibir bonos de alimentación, como otra prestación adicional a la cuota de subsidio familiar y al pago de las cotizaciones de salud y pensión, de conformidad con el Decreto 582 de 2016* que reguló este nuevo beneficio con el fin de fortalecer el mecanismo de protección al cesante.