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NOVEDAD LEGAL PARA EMPLEADORES: LEY 2375 Y SU IMPACTO EN EL RECLUTAMIENTO DE PERSONAL

Se ha expedido la Ley 2375 de 2024, conocida como la ley de “Entornos Seguros”, la cual dispone los cargos, oficios y profesiones que se encuentran inhabilitados para su ejercicio por parte de personas que hayan sido condenadas por delitos contra la libertad, integridad y formación sexual de una persona menor de 18 años de edad. En este entendido, las personas inhabilitadas tendrán prohibido desempeñar cargos, oficios o profesiones que involucren una relación directa y habitual con menores de edad (sea esta relación presencial o virtual), en el ámbito educativo, recreativo de cuidado, protección, asistencia, salud, nutrición, bienestar, cultural, artístico, deportivo, religioso, seguridad, entre otros.
Algunos de los cargos que han sido inhabilitados por la ley son los siguientes: docentes, directivos docentes, coordinadores, orientadores y personal administrativo de instituciones de educación formal; formadores, instructores y personal vinculado a IETDH; personal de atención directa en materia administrativa, salud o ventas a niños, niñas y adolescentes; personal de servicio de transporte escolar (conductor o acompañante); personal de seguridad; personal de cocina; y en general, cualquier cargo, oficio o profesión que demuestre un trato directo y habitual con menores de edad.
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De igual manera, esta ley impone al empleador la obligación de verificar si la persona que ha contratado o está considerando contratar se encuentra inhabilitada para ejercer el cargo correspondiente. Si el empleador no realiza esta verificación o contrata a una persona que se encuentra inhabilitada, puede enfrentar una sanción que varía entre 50 y 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), a favor del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), previo proceso administrativo sancionatorio. Ahora bien, aunque esta obligación ya está en vigor, la ley específica que la sanción solo será aplicable cuando el Ministerio de Defensa actualice el registro de inhabilidades por delitos sexuales cometidos contra menores de edad, para lo cual esta entidad tiene un plazo de 6 meses contados a partir de julio de 2024.
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Por lo anterior, le invitamos a ajustar sus procedimientos internos de contratación para asegurar el cumplimiento de esta nueva obligación, hoy exigible, y proteger a su empresa frente a posibles sanciones administrativas.

Le mantendremos informado sobre las novedades normativas de impacto. Recuerde que somos su aliado estratégico para la prevención y gestión de riesgos en la administración del talento humano.

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