
PRÓXIMAS OBLIGACIONES LABORALES
SUMINISTRO DE DOTACIÓN
El próximo 20 de diciembre de 2019 los empleadores deberán suministrar la tercera dotación del año a los trabajadores que devengan hasta dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes y hayan cumplido más de tres (3) meses a su servicio.
La dotación es una prestación social que consiste en la entrega de un (1) par de zapatos y un (1) vestido de labor apropiados para el tipo de labores que desempeñen los trabajadores y debe estar acorde con el medio ambiente en donde ejercen sus funciones, siendo prohibida su compensación en dinero.
PRIMA DE LEGAL DE SERVICIOS
Les recordamos la obligación laboral a cargo de los empleadores consistente en realizar el pago de quince (15) días de salario por concepto de prima de servicios; dicho pago deberá ser realizado a más tardar el próximo veinte (20) de diciembre.
Es importante recordar que para determinar la base para liquidar esta prestación se deben tener en cuenta todos los pagos que reciba el trabajador que constituyan salario (Artículo 127 CST) en el respectivo semestre o en todo el tiempo trabajado si fuera inferior.
En el evento que el trabajador tenga derecho al pago del auxilio de transporte, éste debe incluirse para determinar el monto a pagar por concepto de esta prestación. Así, la fórmula para efectuar la liquidación será la siguiente:
PRIMA = (SALARIO BASE x DÍAS A LIQUIDAR) / 360
REPORTE DE CUOTA DE APRENDICES
Las empresas privadas, cuyo número de trabajadores no sea inferior a 15 y realicen cualquier tipo de actividad económica diferente a la construcción, están obligadas a contratar aprendices del SENA. En éste sentido, en los meses de julio y enero o marzo y septiembre las empresas obligadas a hacerlo, deben reportar al SENA cualquier variación en el número de trabajadores vinculados que pueda afectar la cuota mínima de aprendices. Recuerde que la empresa no puede autorregularse y solamente después de un acto administrativo en firme proferido por el SENA tendrá conocimiento si debe o no cumplir con una cuota de aprendices.
Barrera Palacio Abogados, los invita a realizar las acciones tendientes a verificar sus nóminas e identificar las variaciones de personal que hayan ocurrido en el segundo semestre del año 2019 para informarlo oportunamente ante la Regional del SENA correspondiente y así cumplir con esta obligación legal y evitar posibles sanciones.