CLAVES PARA UNA ADECUADA TERCERIZACIÓN LABORAL
La Corte Suprema de Justicia, a través de la Sentencia SL1678 de 2024, ha recordado los indicadores esenciales que determinan la indebida utilización de la figura de tercerización laboral, los cuales conllevarían a considerar que realmente se encubre a través de esta figura, una relación laboral desarrollada con la empresa beneficiaria del servicio.
Por lo anterior, desde BARRERA PALACIO ABOGADOS resaltamos los siguientes aspectos clave establecidos por la Corte para garantizar el uso adecuado de la figura de tercerización, los cuales están ligados a que el contratista:
No desarrolle su labor en las instalaciones de la empresa contratante, de ser posible.
Utilice sus propios equipos, herramientas e insumos para el servicio contratado.
Los trabajadores del contratista no se encuentren bajo la supervisión de los trabajadores de la empresa contratante.
Sea autónomo en la selección de personal que estará a su cargo.
Realice un proceso aislado y autónomo frente a la cadena productiva de la empresa contratante.
Tenga siempre en cuenta esta información y evite caer en prácticas de tercerización ilegal que pueden ser objeto de sanción tanto judicial como administrativa. Si es de su interés revisar sus modelos de contratación, no dude en consultarnos.