Les recordamos la obligación laboral a cargo de los empleadores que consiste en realizar el pago de quince (15) días de salario por concepto de prima de servicios o proporcional por fracción para aquellos trabajadores que no laboraron todo el semestre en favor del empleador; dicho pago deberá ser realizado a más tardar el próximo veinte (20) de diciembre.
Hasta el próximo 20 de diciembre, los empleadores deberán suministrar la tercera dotación del año a los trabajadores devenguen hasta 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes y hayan cumplido más de 3 meses a su servicio.
Es momento de adquirir nuestra herramienta preventiva Check list Laboral, la cual con 25 ítems puede verificar si su empresa cumple o no con el 100% de condiciones que exige la entidad del Estado.
¿Sabía qué... su empresa puedeser beneficiaria del Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales?