A través del decreto 649 de 2022 principalmente se reglamentan las obligaciones de los empleadores, trabajadores y la Administradora de Riesgos Laborales (“ARL”) para la habilitación del trabajo en casa.
Recordemos que el trabajo en casa podrá ser implementado cuando nos encontremos ante circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales, es decir, aquellas situaciones extraordinarias y no habituales que pueden ser superables en el tiempo, atribuibles a hechos externos, extra laborales o propios de la órbita del trabajador o del empleador. La habilitación de trabajo en casa podrá ser invocada por el empleador o solicitada por el trabajador y debe constar por escrito, ya sea por medio físico o digital. Tenga en cuenta que la solicitud del trabajador no tiene que ser aceptada por el empleador, el cual evaluará cada caso.