Mediante sentencia C-288 del 17 de julio del 2024, la Corte Constitucional declaró exequible condicionalmente el artículo 481 del Código Sustantivo del Trabajo y exequible el artículo 70 de la Ley 50 de 1990
En el actual panorama digital, donde la información personal es un activo valioso para todos, la protección de datos se ha convertido en una prioridad para las empresas y organizaciones en todo el mundo.
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Recientemente fue publicado el texto de la sentencia T-141 de 2024, mediante la cual la Corte Constitucional estudió el caso de una trabajadora de una institución educativa que manifestó haber sido víctima de acoso laboral y solicitó su reintegro a través de una acción de tutela.